JORNADA COLOQUIO LABORAL: COMO INTERPRETAR UNA NÓMINA

MODALIDAD: PRESENCIAL

DURACIÓN: 4 HORAS

FECHA: 11 DE NOVIEMBRE

PROFESOR: RUBÉN MESEGUER MIRALLES.

INSCRIPCIÓN: DESDE EL 27 DE OCTUBRE AL 5 DE NOVIEMBRE.

HORARIO: DE 16:30H A 20:30H

LUGAR: SEDE AUTONÓMICA DE ALICANTE, calle General Pintos nº 1 Alicante



CONCEPTOS A TRATAR:

Introducción de avance tecnológico en la gestión de nóminas.

Avance en los últimos 25 años.

Interpretar una nómina en todos sus apartados, casilla a casilla.

Aprender mecanismos entre empresa, seguridad social y hacienda.

Conceptos salariales y no salariales.

Novedades Covid: Erte, Fuerza mayor.

CERRADO PLAZO DE ADMISIÓN

CLASES PREPARACIÓN DE OPOSICIONES

Para:

  • Temario de la Bolsa de Administrativos de Administración General del Ayuntamiento de Alicante
  • Temario de Administración General para Administrativos y Aux. Administrativos
  • Temario general de Administración Especial

Formato de las clases: presenciales y/u online, según preferencias del grupo.

Inicio: está previsto que se inicien en noviembre de forma presencial en las instalaciones del SEP-CV, en Calle General Pintos 1, 03010 de Alicante.

Días y horario: 2 horas semanales. Según preferencia del grupo que se forme se impartirán lunes o miércoles (de 19.30 h a 21.30 h) o viernes (de 17.00 h a 19.00 h)

Precio: 50 eur (para afiliados al Sindicado SEP-CV); 60 eur (para no afiliados al Sindicado SEP-CV)

Imparte clases: Adela Cantero.

Información o consultas en el Teléfono: 667988895.

El SEP-CV organiza un curso sobre el uso del Táser

La Sección Sindical del Ayuntamiento de Benidorm del SEP-CV ha acogido la jornada formativa para habilitación en el uso del arma Táser, un dispositivo diseñado para incapacitar a una persona o animal mediante descargas eléctricas. El curso, dirigido a la policía local, ha sido impartido por el agente Enrique Such Mayor.

El Táser confunde a los músculos motores al imitar las señales nerviosas del propio organismo y permite inmovilizar al objetivo de forma temporal. Se trata de una alternativa al arma convencional o de fuego, ya que esta última puede ocasionar lesiones muy graves o, incluso, la muerte.

La Secretaría de Formación del SEP-CV apuesta por poner a disposición de las personas afiliadas al sindicato cursos y jornadas que permitan actualizar y mejorar nuestras competencias profesionales.

CURSO DE CONTABILIDAD PÚBLICA

  • MODALIDAD – On-line
  • DURACIÓN – 25 horas
  • FECHA DE REALIZACIÓN – Del 28 de septiembre al 26 de octubre
  • PROFESOR – Carlos García Cifuentes
  • PLAZO DE MATRICULA – Del 7 al 13 de septiembre

TEMARIO:

  1. INTRODUCCIÓN AL METODO CONTABLE
  2. EL MARCO CONCEPTUAL DE LA CONTABILIDAD PÚBLICA
  3. EL RÉGIMEN PRESUPUESTARIO
  4. LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE GASTO
  5. LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO DE INGRESO
  6. LOS ANTICIPOS DE CAJA FIJA Y PAGOS A JUSTIFICAR

Cerrado plazo de admisión

OFERTA INFORMÁTICA Y ACADEMIA OPOSICIONES

El Secretario General del SEP-CV, Juan Évora, firma un convenio con la academia Virtualcom

La Academia Virtualcom ofrece a la afiliación una oferta que abarca los siguientes servicios:

•Diseño de páginas Web, tienda Online de productos informáticos, móviles y reparaciones o mantenimientos informáticos con un 10% de descuento en el coste.

•Impartición de formación para preparación de oposiciones con un descuento de 20% sobre la mensualidad y un 50% de descuento en la inscripción.

Debido al momento actual por COVID-19 las clases se están impartiendo en modo ONLINE, donde el profesor y el alumnado están en contacto visual y auditivo, más adelante y según se vaya desarrollando la pandemia se volverá a las clases presenciales.

Actualmente las clases para oposiciones ofertadas son:

                GRUPO C2 : Miércoles de 18:00 H a 21:00 H

                INSCRIPCIÓN: 50 € menos 50%

                MENSUALIDAD: 75 € menos 20%

                PROFESOR: Mariano Postigo

En breve se harán grupos para Guardia Civil, Policía Local, Bomberos, Auxiliares Administrativos y Administrativos.

Los precios serán válidos para todas las personas que se matriculen antes del 1 de octubre. Para cualquier aclaración podéis dirigiros por correo electrónico o teléfono a la Academia Virtualcom.

El SEP-CV denuncia que los altos cargos del Ayuntamiento de Dénia cobrarán un sobresueldo en plena crisis COVID

El Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana (SEP-CV) asegura que, en la última mesa de negociación celebrada el pasado día 30 de julio, el equipo de gobierno de Dénia dio cuenta, sin negociación, de las productividades recogidas en el “Plan de mejora de ordenación y gestión del personal 2020”. Bajo este eufemístico nombre se esconde la propuesta de pago a ciertos altos cargos de la administración, como Secretario, Interventor y otros, de cantidades por “funciones superiores” o no recogidas en sus puestos. Las cantidades son variables en función de los puestos, pero en muchos casos suponen cerca de 5.000 euros anuales, en altos funcionarios que ya tienen de por sí una retribución que en algunos casos supera los 60.000 euros anuales.

Para justificar estos pagos la administración se escuda en el sobreesfuerzo al que están sometidos estos puestos en la actual coyuntura, así como en que deben asumir funciones que no les corresponden. Desde el SEP ya manifestamos en la Mesa que la mayoría de estos puestos ya tuvieron una actualización “puntual” de la RPT el pasado año, después de rechazarse por la nueva mayoría sindical la RPT para el resto de la plantilla, en la que se les consolidaron a estos Jefes de departamento en nómina cantidades de productividad que ya estaban cobrando superiores a los 20.000 euros anuales. El SEP considera, sin entrar a valorar las circunstancias particulares de estos puestos, que en el ayuntamiento de Dénia trabajan también otros 490 funcionarios y funcionarias más, muchos de los cuales han estado realizando funciones extraordinarias en el contexto actual, como es el caso de Policía Local, Servicios Sociales, Residencia, Brigadas o los que se han visto abocados al teletrabajo, sin que hayan tenido ninguna compensación económica al respecto.

Además, en el contexto actual, en el que muchos pequeños autónomos y trabajadores de nuestro entorno han perdido su puesto de trabajo o están a punto de hacerlo por la crisis COVID, no nos parecen prioritarios este tipo de gastos. Por este motivo hemos propuesto por registro de entrada que el dinero de este Plan de productividad se destine a la partida municipal para ayudar a trabajadores y PYMES durante la crisis COVID.

Desde el SEP continuamos apostando como línea prioritaria y urgente por la carrera profesional para todos los empleados públicos, que ya disfrutan el resto de administraciones locales y autonómicas, y no por este tipo de parches retributivos que solo generan agravios y son tremendamente insolidarios.

PROTOCOLO PARA LA APERTURA DE LA SEDE AUTONÓMICA

Debido a la crisis provocada por el COVID-19, las personas que trabajamos en la sede autónomica hemos atendico a la afiliación de forma telemática. Al inicio de mayo comenzamos a trabajar en la sede, pero sin atención al público. Ahora, vamos a empezar la desescalada presencial y, por este motivo, es necesario cumplir un protocolo de seguridad, tanto las personas que trabajamos allí cada día como la afiliación que necesite de nuestros servicios. Ahora, más que nunca, tu seguridad y la de tus seres queridos es lo más importante. Te pedimos que cumplas las normas que a continuación te indicamos:

PROTOCOLO PARA LA APERTURA DE LA SEDE AUTONÓMICA

  • Si presentas algún síntoma compatible con el COVID-19 como temperatura alta, tos, cansancio o fatiga por falta de aire, quédate en casa, contacta con tu médico y sigue sus recomendaciones.
  • Si piensas acudir a la sede autonómica PIDE CITA. Es importante evitar aglomeraciones innecesarias.
  • Acude a la hora fijada y, si te vas a retrasar, avísanos.
  • Se evitará en todo caso que en la zona de entrada haya más de una persona esperando. La espera deberá hacerse en la calle con la recomendación de mantener la distancia de seguridad.
  • Al entrar a la sede utiliza gel desinfectante o lávate las manos antes de tocar nada. El gel lo tendremos a tu disposición para tu seguridad.
  • No se podrá utilizar los baños ni deambular por las instalaciones.
  • No olvides mantener dos metros de distancia con las personas que trabajamos allí o con cualquier persona que se encuentre dentro de la sede.
  • Utiliza mascarilla por tu seguridad, siempre que no se pueda mantener los dos metros de distancia. Si no tienes en ese momento, nosotros te facilitaremos una.
  • No utilices ningún equipo informático, telefóno, bolígrafos o cuadernos que no sean tuyos si antes no se ha desinfectado. En la sede disponemos de desinfectantes para ello, pídelo.
  • Es muy importante que todos colaboremos para disponer de una sede libre de coronavirus.
  • Nuestro horario actual de atención al público es de 9:00 a 14:00 horas, de lunes a viernes. Recuerda que es necesaria la cita previa. Por la tarde solo se atenderá en caso de que no sea posible acudir por la mañana y, de la misma manera, será necesaria la cita previa.
  • Tú eres muy importante para el SEP-CV, pero también es importante nuestra seguridad para poder seguir ayudándote en todo lo que necesites. Si cumplimos con los protocolos, podremos trabajar de forma segura.

Gracias por tu colaboración,

SEP-CV

El SEP-CV solicita a la Consellera de Justicia que se dote de armas de fuego a todos los policías locales interinos de la Comunidad Valenciana

  • El Sindicado ha pedido, además, que se reconozcan todas las funciones como funcionarios de carrera

El Sindicato de Empleados Públicos de la Comunidad Valenciana (SEP-CV) ha solicitado a la Conselleria de Justicia, Interior y Administraciones Públicas que se den las instrucciones oportunas para que se dote de armas de fuego a todos los policías locales interinos de la Comunidad y se les reconozcan todas las funciones como funcionarios de carrera.

La reciente Sentencia del Tribunal Supremo, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sección 5ª, Sentencia 294/2020 de fecha 02 de marzo de 2020, señala que tanto el propio Tribunal Supremo como por el Tribunal Constitucional admiten la posibilidad y legalidad del nombramiento de policías locales interinos. Ambos tribunales consideran que no existe una prohibición de nombramiento de funcionarios interinos de policía local y que una interpretación prohibitiva del nombramiento de policías como funcionarios interinos sería también extensible a otros cuerpos o escalas de la administración local, en los que tal posibilidad no se discute. La Sentencia, ganada por el Ayuntamiento asturiano de Carreño, obliga a reconocer el derecho de los Policías Locales Interinos a portar armas, al reflejar que un policía local interino realiza las mismas funciones que los policías de carrera y con las mismas facultades por lo que, en este caso, tienen los mismos derechos en relación con el uso de armas de fuego, sin que se desprenda de su propia normativa especialidad o limitación al respecto.

Finalmente, en el caso de la Sentencia indicada, el Supremo anula el inciso que establece que “no podrá ser entregada como arma de dotación de la funcionaria interina porque los policías locales interinos carecen de la condición de funcionaros de carrera y no deben portar armas de fuego para la prestación del servicio” y reconoce como situación jurídica individualizada el derecho del Ayuntamiento de Carreño a que por la Intervención de Armas se expida la guía de pertenencia de una pistola para uso reglamentario del Agente Interino de la Policía Local.

Por otro lado, en cuanto a la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de Coordinación de Policías Locales de Comunidad valenciana, establece en sus artículos 29 y 45 respectivamente, que: “Los cuerpos de Policía Local son institutos armados de naturaleza civil, con estructura y organización jerarquizada, y bajo la superior autoridad y dependencia directa de la persona titular de la alcaldía o de la concejalía en quien delegue”, así como que: “Las personas miembros de los cuerpos de Policía  Local  dispondrán  de  Armamento  reglamentario  que  se les asigne y de los medios técnico y operativos necesarios para el ejercicio de sus funciones”.

El SEP-CV ha solicitado a la Conselleria que se modifique el apartado 2 de la Disposición Transitoria Primera, donde dice: “Hasta la culminación del proceso recogido en el apartado anterior, el personal interino que esté prestando el servicio no podrá portar armas de fuego, destinándose, en consecuencia, a servicios y funciones de policía administrativa, medio ambiente, tráfico y seguridad vial” y se suprima la frase donde dice: “el personal interino que esté prestando el servicio no podrá portar armas de fuego…”. Además, el Sindicato ha pedido que se den las instrucciones oportunas para que se dote de armas de fuego a todos los policías locales interinos de la Comunidad Valenciana y se les reconozcan todas las funciones que tienen los funcionarios de carrera.

COVID-19: El permiso retribuido recuperable

CARACTERÍSTICAS DEL PERMISO

El Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable y obligatorio, para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, dispone que durante el periodo fijado en el mismo (entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive) los trabajadores afectados seguirán percibiendo idéntico salario, mantendrán la cotización y, además, generarán derecho a vacaciones. No obstante, su particularidad es que el trabajador tendrá que recuperar las horas no trabajadas durante esos días.

NEGOCIACIÓN Y RECUPERACIÓN DEL TIEMPO DE TRABAJO
SUJETOS NEGOCIADORES

El sistema de recuperación de las horas no trabajadas por causa del permiso retribuido se negociará en una comisión formada por la empresa y los representantes de los trabajadores.

CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN Y PLAZO DE CONSULTAS

Una vez finalizado el permiso, la comisión deberá constituirse en el improrrogable plazo de 5 días.
Tras la constitución de la Comisión, el periodo de consultas durará un máximo de 7 días.

NEGOCIACIÓN POR PARTE DE LA COMISIÓN

Ambas partes deberán negociar de buena fe para poder llegar a un acuerdo.
SI NO EXISTE ACUERDO:
En este caso, la empresa notificará su decisión sobre la recuperación de las horas de trabajo no prestadas y lo hará en el plazo de 7 días desde la finalización de las consultas.

SI EXISTE ACUERDO:
Si se alcanza un acuerdo, la mayoría de la representación de los trabajadores y de la empresa deberá manifestar su conformidad con el mismo.
Es importante señalar, además, que, en cualquier momento, la comisión podrá acordar la sustitución del periodo de consultas por los procedimientos de mediación o arbitraje.


CONTENIDO DEL ACUERDO
El acuerdo podrá regular la recuperación de todas o de parte de las horas de trabajo; el preaviso mínimo con que la persona trabajadora debe conocer el día y la hora de la prestación de trabajo resultante (con un mínimo de 5 días de antelación) y el periodo de referencia para la recuperación del tiempo de trabajo no desarrollado.

RECUPERACIÓN DE LAS HORAS DE TRABAJO

DERECHOS QUE DEBE RESPETAR EL EMPRESARIO
Respecto de la recuperación de las horas de trabajo, la empresa deberá tener en cuenta los siguientes derechos de los trabajadores:

  • Respetar los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos en el Estatuto de los Trabajadores y en el Convenio Colectivo, así como las vacaciones.
  • No superar la jornada máxima anual prevista en el convenio colectivo.
  • Respetar los derechos de conciliación de la vida personal, laboral y familiar reconocidos en la normativa aplicable.

PLAZO MÁXIMO DE RECUPERACIÓN DE LAS HORAS

Las horas podrán recuperarse desde el día siguiente a la finalización del estado de alarma hasta el 31 de diciembre de 2020.

Es importante tener presente que la recuperación de estas horas no podrá realizarse en el período de vacaciones.